Economía del cuidado en las relaciones laborales
Por Laura Pacheco Silva
En 2015, Colombia y otros 192 países ratificaron su compromiso con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Agenda 2030 de la ONU. Estos objetivos no sólo impactan a todas las personas, sino que involucran actores como: sector privado, sociedad civil, organismos de cooperación internacional, organizaciones no gubernamentales y Estados. Hoy queremos resaltar dos objetivos: 5. Lograr la Equidad de Género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas y 10. Reducir las desigualdades en y entre los países.
¿Qué iniciativa reciente le apunta en Colombia a estos objetivos?
La estrategia de Economía del Cuidado de la Secretaría Distrital de la Mujer de Bogotá, que resulta de interés, busca minimizar el impacto diferencial que tiene el trabajo no remunerado en labores de cuidado, el cual, según reiterada evidencia de la Encuesta Nacional del Uso del Tiempo, que lidera y ejecuta el DANE, está mayormente en cabeza de las mujeres en todo el territorio colombiano.
¿Qué busca esta estrategia?
Articular esfuerzos para redistribuir las cargas mayormente atribuidas a las mujeres, facilitando las labores del cuidado para quien las ejecute, proponiendo al sector privado, principalmente, aprovechar las oportunidades de negocio, ofreciendo bienes y servicios útiles para los cuidadores que se encontrarán concentrados territorialmente en las llamadas “Manzanas del Cuidado”.
¿Cuál es el rol de los empleadores en esta estrategia?
La Secretaría reconoce que los empleadores pueden ejercer un rol fundamental para facilitar el día a día de los cuidadores que, según cifras del DANE, realizan labores no remuneradas en promedio de 7 horas diarias. No obstante, no profundiza en qué sentido es posible apoyar a estas personas que ejercen tan esencial labor.
Por lo anterior, es relevante analizar la realidad normativa y práctica de las relaciones laborales respecto de esta situación, identificando qué acciones ya implementan los empleadores, para evaluar su impacto y eventuales acciones de mejora, reconociendo además las iniciativas extralegales.
¿Actualmente las labores del cuidado son reconocidas en el marco de las relaciones laborales?
Sí, la figura que mayormente reconoce la labor de cuidado, en el marco del Sistema de Seguridad Social, es la licencia de maternidad y de paternidad. No obstante, no es la única, tenemos las obligaciones del empleador de otorgar tiempo de lactancia e implementar salas de lactancia; los permisos remunerados mediante licencias acordadas entre las partes (artículo 51 del CST), y los permisos por grave calamidad doméstica (artículo 57). Igualmente, los fueros de maternidad y paternidad que buscan garantizar la protección del menor en sus primeros meses de vida.
El contexto actual de Pandemia resalta la utilidad del trabajo remoto, el teletrabajo y la jornada flexible, como estrategias importantes para articular y equilibrar las actividades laborales con las propias del cuidado en los hogares. Nuestra invitación es a reconocer y analizar las acciones por medio de las cuales los empleadores y trabajadores actualmente articulan la vida laboral con las actividades de cuidado, de manera que podamos mejorar las figuras existentes.
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