Gobierno regula licencias para cuidadores de niños, niñas y adolescentes con cáncer

Bruchou & Funes de la Rioja – Argentina

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió la Resolución General 5404 de 2023 que establece el procedimiento para que los empleadores puedan identificar en sus declaraciones juradas a los trabajadores que accedan a la licencia sin goce de haberes en trato para dicho régimen.

En febrero de 2023, el Gobierno argentino emitió el Decreto N° 68 para regular las licencias laborales de padres, tutores y cuidadores de niños, niñas y adolescentes con cáncer, creadas con la Ley N° 27.674.

Este Decreto establece que las licencias se adaptarán a la duración del «tratamiento activo». Durante este período, los empleados recibirán una suma igual a la remuneración bruta a que le hubiese correspondido percibir durante el transcurso de la licencia, excepto en casos de remuneraciones variables, en las que se deberá tener en cuenta el promedio de las remuneraciones brutas percibidas durante los tres meses anteriores al inicio de la licencia.

La Resolución 5404 de 2023, señala que los empleadores que hayan sido notificados por parte de sus trabajadores del uso de la licencia deberán observar el procedimiento que se indica en la misma.

Y con el fin de identificar en las declaraciones juradas determinativas y nominativas de aportes y contribuciones con destino a los recursos de la seguridad social a los trabajadores que disfrutarán la licencia, se incorpora en el aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” y en el sistema “Declaración en línea”, el código de situación “51 – Licencia Ley 27.674 Art. 13 – Régimen De Protección Integral Del Niño, Niña y Adolescente Con Cáncer”, para utilizar cualquiera sea la modalidad de contratación de los mismos.

Esta regulación busca garantizar el derecho de los padres y cuidadores a acompañar a los niños, niñas y adolescentes, en tratamiento contra el cáncer sin poner en riesgo su empleo ni su salario. La normativa entra en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial.


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*Esta información fue proporcionada por nuestro aliado Bruchou & Funes de la Rioja – Argentina