La buscada indemnización por despido injusto ¿generará inestabilidad laboral?

Por Deivid Rodríguez, asociado de Godoy Córdoba, para Asuntos Legales del Diario La República.

Mediante el último proyecto de reforma laboral presentado por el Gobierno Nacional, se mantiene la intención de cambiar las condiciones en que los empleadores deberán pagar la indemnización cuando finalicen contratos de trabajo sin justa causa y, especialmente, busca generar grandes cambios en el pago de dicho concepto en los contratos a término indefinido.

¿Cómo está actualmente la indemnización?

Un empleado contratado a término indefinido y desvinculado sin justa causa recibirá el pago de una indemnización de 30 días de salario si su contrato duró menos de 1 año y, de tener una duración superior, le corresponden esos 30 días más 20 días adicionales por cada año subsiguiente y proporcionalmente en fracción; e incluso estos días son inferiores si se devenga un salario superior a 10 SMMLV.

¿Cuáles son los cambios buscados?

A través de un artículo de la reforma, el Gobierno Nacional busca equiparar las bases de liquidación de la indemnización para todos los salarios e incrementar los días que servirían como base a tener en cuenta para este pago, dependiendo de la antigüedad del empleado, tal como se observa a continuación:

¿Qué se pretende con estos cambios?

El Gobierno Nacional busca que los empleadores reconozcan a los trabajadores que desvinculen sin justa causa mayores sumas de dinero, ya que considera que a lo largo del tiempo se ha abaratado el costo de este concepto y que en los términos actuales no se compensa la afectación que sufren estos empleados.

¿Podrían existir riesgos negativos con este proyecto?

Sí, pese a que lo buscado por el Gobierno es un beneficio económico para los trabajadores, no deberá perderse de vista que estos cambios generarán sobrecostos relevantes para las empresas frente a empleados con 5 y 10 años de antigüedad.

Así entonces, un efecto adverso podría ser que los empleadores no puedan costear las indemnizaciones en un futuro y que, por lo tanto, se vean en la necesidad de finalizar los contratos de trabajo antes de que se cumplan estos periodos de antigüedad, para así rotar a su personal y no tener posibles indemnizaciones onerosas al interior de su compañía.

Lo anterior, ya que, por ejemplo, un colaborador con 4 años y 11 meses de antigüedad tendría derecho al pago de 97.75 días de salario, sin embargo, un mes después, al cumplir 5 años recibiría 155 días de salario, es decir, una indemnización por despido injusto casi doblada por el solo transcurrir del tiempo, ya que cambiarán los días a tener como base desde el primer año y no desde el quinto en adelante.

Así las cosas, el Congreso de la República, al estudiar este artículo, deberá revisar si este cambio será beneficioso en tales condiciones, pues no hay que desconocer que una empresa que tenga un empleado cercano a cumplir 5 o 10 años de servicio podría decidir terminar su contrato de trabajo sin justa causa antes de tal hecho para no incurrir en una indemnización que, en términos económicos, incrementaría significativamente de un momento a otro.


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