La millonaria multa que pueden recibir empresas que no respeten la desconexión laboral de sus empleados
Con la participación de Daniel Contreras, asociado de Godoy Córdoba, para El Colombiano.
En esta ley que entró en vigencia el año pasado se definió que los empleados tienen derecho a no recibir llamadas, mensajes, correos electrónicos y cualquier comunicación que tenga que ver con el trabajo por fuera del horario laboral.
Desde enero del año pasado empezó a regir en Colombia la ley de desconexión laboral, consagrada en la Ley 2191 de 2022. Con este proyecto se definió que los empleados tienen derecho a no recibir llamadas, mensajes, correos electrónicos y cualquier comunicación que tenga que ver con el trabajo por fuera del horario laboral.
En ese entonces se expuso que se velaría por la salud mental y física de los trabajadores en el país, permitiendo que disfruten de sus espacios de descanso, y se garantice además su derecho al trabajo. Además, la firma de abogados experta en derecho laboral y seguridad social Godoy Córdoba recordó que la ley llegó para suplir una necesidad generada a raíz de la pandemia y el incremento del teletrabajo. “Esta normativa establece como obligatorio, para cualquier empleador, contar con una política de desconexión laboral que determine cómo las empresas garantizarán este derecho a los trabajadores, incluyendo lineamientos claros frente al uso de las tecnologías de la información y la comunicación”, recordó Godoy Córdoba.
En ese sentido, dijo la firma, conductas persistentes y demostrables, como llamadas insistentes o mensajes por fuera del horario laboral, pueden ser consideradas como acoso laboral y, por lo tanto, activarse los mecanismos previstos en la Ley para tratar esta clase de conductas, como por ejemplo el Comité de Convivencia.
“El incumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 2191 de 2022, puede desencadenar, en primera medida, en multas por parte del Ministerio del Trabajo, las cuales pueden llegar hasta los 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($6.503.030.000)”, anotó Daniel Contreras, asociado de Godoy Córdoba.
Así mismo, continuó, “también puede generar reclamaciones individuales por parte de trabajadores que consideren vulnerado su derecho a la desconexión laboral y, por lo tanto, soliciten ante un Juez de la República condenas relacionados con el pago de trabajo suplementario por no haberse garantizado el efectivo descanso, indemnizaciones por despidos indirectos si renunciaron por esta situación, o que se declare la existencia de un acoso laboral y las consecuencias propias de esta figura”.
Por esto, agregó, los empleadores están en el deber, no solo de publicar la política de desconexión que la ley establece, sino también de garantizar el cumplimiento de la misma, así como del derecho a la desconexión en sí.
Cabe destacar que no todos los trabajadores están cubiertos con esta ley. Por ejemplo, aquellos que desempeñen cargos de dirección (tanto en sector privado como público); aquellos que ejercen un cargo o función que les implique tener una disponibilidad permanente; o en casos de fuerza mayor o urgencia en la operación de la empresa.
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