Lo que debes saber acerca del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV)

Lo que debes saber acerca del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV)

Por Miguel Salazar, asociado de Godoy Córdoba.

Como parte de los esfuerzos de Colombia para tener una política migratoria cada vez más sólida, fraterna, uniforme e incluyente, el Gobierno Nacional expidió el 01 de marzo de 2021 el decreto número 216 que regula el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) y dictó otras disposiciones en materia migratoria. Razón por la cual, han surgido varias dudas en cuanto al Permiso Especial De Permanencia (PEP), el cual estaba dirigido a autorizar la permanencia de los nacionales venezolanos que se encontraban de manera regular en el territorio nacional sin la intención de establecerse.

Con el ETPV se busca proteger a la población migrante venezolana que se encuentra actualmente en condiciones de irregularidad, permitiendo su integración a la vida productiva del país, de modo que con la creación del Estatuto existen una serie de beneficios a tener en cuenta:

¿Beneficios del ETPV?

  • Brindar una mayor estabilidad a los venezolanos que se encuentren en Colombia.
  • Establece un documento unificado de regularización: El ETPV trajo consigo el Permiso Por Protección Temporal – PPT, siendo de ahora en adelante el documento único para las personas migrantes provenientes de Venezuela.
  • Igualdad de condiciones con los trabajadores colombianos en aras de promover la equidad social.
  • Fortalecimiento de la economía.
  • Con el PPT se acreditará permanencia en Colombia para acumulación del tiempo requerido y aplicación a una visa de residente, lo cual también aplica para titulares del PEP vigente a la fecha de entrada en vigor del ETPV.

Las personas que pueden aplicar al ETPV son:

  1. Los venezolanos en situación migratoria regular en Colombia que tengan algunos de estos documentos: Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), Permiso Temporal de Permanencia (PTP), Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente, y Salvoconducto de Permanencia SC – 2 (Trámite de refugio).
  2. Las personas en situación migratoria irregular que se encontraban en Colombia al 31 de enero de 2021.
  3. Podrán acceder al PPT aquellas personas que ingresen a Colombia de manera regular por un puesto de control migratorio y sellen su pasaporte desde el 29 de mayo y hasta el 24 de noviembre de 2023.
  4. Los niños, niñas y adolescentes que cumplan con alguna de las condiciones que establece el ETPV.

Es importante resaltar que para las personas que cumplen con las condiciones 1 y 2 el registro finalizó el pasado 28 de mayo de 2022.

Dicho lo anterior, con la entrada en vigor del ETPV, no se expedirá ni prorrogará ningún PEP, por lo que los PEP vigentes harán transito al PPT, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Estatuto. Además, el PPT no se puede tener simultáneamente junto a otro tipo de permiso o visa, precisando que las visas prevalecerán ante el PPT.

Así las cosas, el PPT permitirá ejercer cualquier actividad u ocupación legal en el país, con todos los derechos y garantías laborales, en igualdad de condiciones con los trabajadores colombianos, promoviendo la equidad social, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de las actividades reguladas.

De igual forma, por medio de la resolución número 572 de 2022 del 08 de abril de 2022, se incluye el PPT como documento válido de identificación de los migrantes venezolanos en los sistemas de información del Sistema de Protección Social y se definieron sus especificaciones.

Conviene aclarar que, el PPT tendrá vigencia hasta el último día de vigencia del ETPV, el cual es de 10 años y el Gobierno Nacional puede prorrogarlo o darlo por terminado anticipadamente.

Finalmente, de conformidad con el artículo 38 de la Resolución 0971 del 28 de abril de 2021 por la cual se implementa el ETPV, para realizar la transición del PEP al PPT, todos los Permisos Especiales de Permanencia cualquiera sea su fase de expedición, incluido el PEPFF, que se encuentren vigentes, quedarán prorrogados automáticamente hasta el 28 de febrero de 2023, y se podrá descargar la correspondiente certificación de vigencia.

Por lo anterior, Colombia con el ETPV hace un importante avance en materia migratoria en la medida que permite y garantiza una mayor estabilidad a los venezolanos que se encuentran en Colombia, permitiéndoles ingresar a la actividad productiva de nuestro país, acceder a bienes y servicios y toda suerte derechos, quizás con la excepción de los derechos políticos.


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