Modificaciones a las leyes N° 19.121 y N° 19.161 que regulan la licencia de paternidad

Se aprobó una ley que extiende la licencia de paternidad de 13 a 20 días y establece un fuero de 30 días después de la licencia, protegiendo al trabajador de ser despedido durante ese período, con una indemnización adicional en caso de despido.

Recientemente, el Parlamento aprobó una ley que modifica las Leyes No. 19.121 y No. 19.161, que regulan la licencia de paternidad. Con la nueva norma, se amplía el período de licencia por paternidad y se establece un plazo de estabilidad junto con una indemnización especial en caso de que se despida a un trabajador que haya gozado de su licencia por paternidad recientemente.

Anteriormente, la licencia por paternidad tenía una duración máxima de 13 días para los empleados dependientes. Ahora, gracias a la ley aprobada, la licencia parental llegará a ser de 20 días continuos.

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La norma dispone un aumento gradual de los días de licencia por paternidad. Se establece que, una vez ocurra la entrada en vigencia de la ley, que será a los 30 días de su publicación en el diario oficial, la licencia parental será de 17 días en total. Luego, a partir del 01 de enero de 2026, pasará a ser de 20 días en total.

Igualmente, la norma dispone un fuero parental que consta de un período de treinta días contados a partir del reintegro de la licencia por paternidad, durante el cual el trabajador no podrá ser despedido. En caso de serlo, el empleador deberá pagarle, además de la indemnización por despido común, un monto adicional correspondiente a tres salarios.


*Esta información fue proporcionada por Alejandra Añón Arduino, asociada de Ferrere Abogados.