Propuesta para la implementación del trabajo a distancia después de la emergencia sanitaria
Por: Carlos H. Godoy, Laura Valderrama, Diana Camila Gaitán
- Conclusiones principales sobre las modalidades de trabajo a distancia.
Como lo explicamos en la versión del mes de noviembre de Dos Puntos, después de hacer un análisis sistémico del ordenamiento jurídico y de la legislación laboral, encontramos que si bien en Colombia existen modalidades de trabajo a distancia (que es una realidad mundial) y que definimos como aquellas diversas formas en que el trabajador presta servicios fuera del lugar físico de la empresa, resulta apropiado adoptar doctrinalmente el concepto de trabajo a distancia.
Así mismo, encontramos que esta modalidad de trabajo abarca diferentes especies y tipologías, dentro de las cuales están: el trabajo a domicilio, el teletrabajo, el trabajo en casa, la expatriación y los nómadas digitales, cuyas características principales fueron abordadas y expuestas en la edición anterior.
Así las cosas, después de analizar estas especies de trabajo a distancia, y teniendo en cuenta que se requieren alternativas para implementarlo al terminar la emergencia sanitaria, ya que el trabajo en casa tiene un sustento transitorio, llegamos a las siguientes conclusiones:
- El artículo 89 del Código Sustantivo del Trabajo está vigente y, por lo tanto, el trabajo a domicilio es una opción a la que pueden acudir los empleadores de común acuerdo con los trabajadores interesados en trabajar desde casa, sin los riesgos de la reversa del teletrabajo ni la temporalidad del trabajo en casa.
- No basta con encontrar un espacio legal para el trabajo a distancia, sino que hay que acompañarlo de políticas, reglas y acciones por parte de las empresas que generen una cobertura integral del trabajo a distancia, balanceada y compatible con las reglas sobre otras modalidades. Por lo tanto, para darle confiablidad a esta opción hay que construir una cultura del trabajo a distancia, a través del trabajo a domicilio.
2. Las ventajas del trabajo a domicilio.
eniendo en cuenta que la gran conclusión de nuestro estudio es que el trabajo a domicilio es una figura que está totalmente vigente en la ley colombiana, aplicable a trabajadores para los que las tecnologías de la información y la comunicación (TIC’s) no son intensivas ni esenciales para la prestación del servicio, consideramos que le son aplicables la mayoría de las normas del teletrabajo; sin embargo, desde nuestra perspectiva quedan excluidas las siguientes:
- Modificación del Reglamento Interno de Trabajo.
- Registro de trabajadores a domicilio.
- Derecho a la reversa.
- Prohibición de la aplicación de la figura fuera del país.
- Dotación del lugar de trabajo.
De acuerdo con esto, la implementación del trabajo a domicilio permite aplicar las ventajas del trabajo a distancia, sin someterse a las principales inflexibilidades de la ley de teletrabajo.
- Pasos para la implementación.
Para lograr una adecuada aplicación del trabajo a distancia, ya sea a través del trabajo a domicilio o del teletrabajo, se deberá seguir el siguiente procedimiento:
- Evaluar en qué áreas de la empresa es posible seguir aplicando el trabajo a distancia.
- En estas áreas determinar cuáles trabajadores desean seguir trabajando fuera de las instalaciones de la empresa.
- Evaluar las funciones de cada trabajador, y determinar los cargos para los que las tecnologías de la información y la comunicación (TIC´s) son intensivas y esenciales para la prestación del servicio.
- En caso de que la utilización de TIC’s sea intensiva y esencial (como el caso de los call-centers) estos trabajadores continuarán bajo la figura del teletrabajo, e inevitablemente conservarán el derecho a la reversa unilateral.
- Para los cargos que no requieran TIC’s como elemento intensivo y esencial, aplicará la figura del trabajo a domicilio. Estos trabajadores no tendrán derecho a la reversa unilateral.
- En ambos casos será necesario el consentimiento del trabajador para la aplicación de estas figuras, y se formalizará por medio de la firma de un otrosí.
- Para el caso de los trabajadores nuevos, y una vez establecido el nivel de intensidad del uso de las TIC’s, la implementación del trabajo a domicilio o del teletrabajo se realizará por medio de la inclusión de la respectiva cláusula en el contrato de trabajo. En este caso ninguno de los trabajadores tendrá derecho a la reversa unilateral.
- Para los trabajadores que no deseen, o en cuyos cargos no convenga acogerse a ninguna de estas modalidades, se podrá aplicar el beneficio extralegal de home office, siempre que los trabajadores laboren desde su domicilio menos de dos días a la semana. Para estos no se requerirá otrosí, sino el establecimiento de una política para el otorgamiento del beneficio.
- Tanto la opción de teletrabajo como la opción de trabajo a domicilio se pueden combinar con trabajo presencial, en caso de que convenga.
- Cultura del trabajo a distancia.
Finalmente, es importante resaltar que, independientemente de cualquiera de las figuras que adopte la empresa, el trabajo a distancia debe ir acompañado de una cultura organizacional desde el punto de vista administrativo, legal, motivacional y de la gestión humana. Esto significa que las empresas deberán adaptarse integralmente para transmitirle a los trabajadores un mensaje claro, consistente en que esta modalidad de trabajo tiene grandes ventajas para ambas partes, además de propender por su bienestar.
En este sentido, es importante que se haga una correcta adaptación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, que se rediseñen los sistemas de evaluación de desempeño y los procesos disciplinarios, que se capacite a los líderes, y que se realice un acompañamiento constante a los trabajadores, para que nunca se pierda el elemento humano en las relaciones virtuales.
Uno de los riesgos que comporta el trabajo a distancia es la eventual pérdida de alineamiento, sentido de pertenencia y sentimiento de equipo, que son esenciales para el éxito de las organizaciones. Se deberán realizar gestiones efectivas y eficaces para preservar estas características a pesar de la virtualidad, entre otras, propiciar encuentros presenciales en forma periódica, por ejemplo.