¿Qué pasó con el Acuerdo 10 del SENA? Claves para entender el impacto en la cuota de aprendices

Por Andrés Duque, asociado de Godoy Córdoba.

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) expidió el Acuerdo 10 del 30 de diciembre de 2023, mediante el cual actualizó el listado de oficios y ocupaciones que sirven de base para determinar la obligación de vincular aprendices en las empresas que estaba contenido en el Acuerdo 0009 de 2005. Aunque se trataba de una medida esperada tras casi 20 años sin modificaciones, la actualización incurrió en errores técnicos.

En particular, el nuevo listado incluyó profesiones y niveles de formación que no deberían haber sido contemplados para el cumplimiento de la cuota de aprendices, tales como: “conductores”, “artista de hula hoop”, “conjurador”, “hombre bala”, “lanza y traga fuego”, “marionetista”, “titiritero”, “manipulador de cuchillos”, “manipulador de diábolos”, “manipulador de pañuelos”, “manipulador de jarrones chinos”, “mago”, “imitador”, “hipnotizador”, “escapista”, globoflexor”, “equilibrista de monociclo”, entre otras miles más.

Esto generó un incremento injustificado en la obligación de las empresas de contratar un mayor número de aprendices.

Nuevo giro: Acuerdo 002 de 2025

Luego de interponer múltiples demandas contencioso-administrativas contra el Acuerdo 10 de 2023, el pasado 24 de febrero de 2025 el SENA expidió el Acuerdo 002 de 2025, mediante el cual dejó sin efectos el Acuerdo 10 de 2023.

Estas son las implicaciones prácticas que trae el nuevo Acuerdo 002 de 2025 y que todo empleador debe tener en cuenta:

  1. Los contratos ya firmados deben mantenerse: Si la empresa vinculó aprendices con base en el Acuerdo 10 de 2023, dichos contratos de aprendizaje deben continuar hasta su finalización, de acuerdo con lo establecido en el artículo tercero del Acuerdo 002.
  2. Empresas que presentaron recursos en vía administrativa sin resolución ejecutoriada: Si la empresa nunca recibió resolución por parte del SENA con base en el Acuerdo 10 de 2023 o esta no quedó en firme debido a los recursos presentados en vía administrativa, no debe cumplir ninguna obligación derivada de dicho Acuerdo. Esto significa que, no está obligada a contratar aprendices ni a pagar cuota alguna basada en el listado del 2023.

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¿Y ahora qué rige?

Con la pérdida de efectos del Acuerdo 10 de 2023, volvemos al listado original del Acuerdo 0009 de 2005, que sigue siendo el marco normativo vigente para determinar qué cargos y niveles de formación dan lugar al cumplimiento de la cuota de aprendices.

No obstante, el SENA ha reconocido la necesidad de actualizar este listado, ya que muchos de los oficios contemplados han quedado desactualizados frente a las realidades del mercado laboral. Por esta razón, actualmente se están realizando “mesas técnicas” que buscan actualizar de manera adecuada el Acuerdo 0009. En estas mesas participan actores clave del sector productivo, por lo que es fundamental que las empresas participen activamente en estos espacios para garantizar que sus necesidades y realidades operativas sean analizadas por el SENA.

¿Tienes dudas sobre cómo se encuentra tu empresa frente al cumplimiento de esta obligación? Contacta a tu equipo fidelizador para asegurar el cumplimiento de esta disposición legal.

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