El COVID-19 no se ha ido, debe gestionarse

Por Carolina Martínez, asociada de Godoy Córdoba, para Asuntos Legales del Diario La República.

Mediante la Circular Externa Conjunta No. 16 de 2022, el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud y Protección Social emiten instrucciones para que los empleadores y contratantes del sector privado y público dentro de su Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) administren y mitiguen el riesgo de contagio por COVID-19.

En este sentido se establecen las siguientes medidas:

1. Identificar a las personas más vulnerables de complicaciones en su estado de salud.

2. Implementar medidas de prevención y control sanitario ante brotes por COVID-19.

3. Aplicar y verificar todas las medidas y protocolos de bioseguridad.

4. Fortalecer las capacidades de detección oportuna, alerta temprana y respuesta rápida frente a la ocurrencia de brotes por COVID-19. Para tal efecto, deberá emplearse las disposiciones legales vigentes en el Decreto 1072 de 2015 sobre la gestión de los peligros y riesgos, así como lo relativo sobre la gestión del cambio.

5. Establecer medios para que trabajadores y contratistas informen su estado de vacunación contra el COVID-19

6. Como consecuencia de la medida anterior, elaborar el mapa del riesgo.

7. Implementar la reorganización de personal con asistencia de la ARL a la que el empleador o contratante se encuentre afiliada.

Además, las entidades públicas recuerdan que se debe contar con la evidencia de las medidas tomadas y estas deben estar disponible para las autoridades sanitarias cuando estas la requieran, de conformidad con la ley.


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