Inclusión laboral y beneficios para las empresas

martes, noviembre 15, 2022

Por Laura Valderrama, asociada de Godoy Córdoba, para Asuntos Legales del Diario La República.

En un esfuerzo por promover la inclusión y contratación de personas con una especial protección constitucional, se han expedido diferentes normas para incentivar a las empresas a vincular a estas minorías.

Para las empresas formalizadas en Bogotá, el Decreto 399 de 2022 crea un incentivo económico si se contrata a personas trans, mayores de 50, mujeres, personas con discapacidad certificada, migrantes, víctimas de trata de personas, de violencia de género, entre otros.

¿Qué requisitos deben cumplir las compañías para poder obtener los beneficios económicos por la contratación de personas con alguna protección constitucional especial?

Esta condición especial se debe acreditar utilizando los anexos que la Secretaría de Desarrollo Económico expida y para recibir el beneficio se deben cumplir, entre otras, con las siguientes condiciones:

  • que el contrato de trabajo tenga una duración de seis meses;
  • que la remuneración recibida por el trabajador no sea inferior a un salario mínimo;
  • que no se despidan trabajadores para incorporar a estas personas; y
  • que se presente una declaración juramentada del representante legal que indique que los empleos otorgados a esta población son adicionales a la cantidad de empleos con los que contaban en los tres meses inmediatamente anteriores a la contratación de la persona.

¿Cuál es el beneficio económico que pueden recibir las empresas por esas contrataciones?

El valor a recibir por cada contrato dependerá de la duración del mismo y de la condición del trabajador contratado.

Por ejemplo, si una empresa contrata a una persona trans podría llegar a recibir hasta $4,2 millones; si se contratan mayores de 50 años, hasta $1,8 millones; y para quienes tengan otra condición especial establecida en la norma, hasta $1,2 millones.

¿Qué normas adicionales existen en Colombia sobre la materia?

Esta es solo una de las normas que buscan incentivar este tipo de contrataciones.

Encontramos también el Decreto 1860 de 2021 que fomenta la vinculación de esta población en las empresas que busquen contratar con Entidades Estatales y que pueden representar una ventaja en los procesos de contratación.

Es importante resaltar que, aunque estos grupos de personas pueden tener una especial protección constitucional, no significa que la tengan desde el punto de vista laboral. Esto hace que no se vuelva una camisa de fuerza para las empresas mantener vigentes sus contratos de trabajo.

Finalmente, para poder aplicar estos beneficios es necesario que el empleador declare cuántas personas tienen esta condición, por lo que es fundamental que la indagación sobre estas situaciones especiales se realice en el marco del cumplimiento de estas normas y solo para los fines allí señalados.

Así se pueden evitar alegaciones sobre un supuesto trato discriminatorio y, en todo caso, siempre se debe otorgar la opción de que las personas se abstengan de revelar dicha información.


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