Novedades Laborales COVID-19 – Nueva prórroga para suspensión de términos
El Consejo Superior de la Judicatura mediante Acuerdo PCSJA20-11546 del 25 de abril de 2020 prorroga la suspensión de términos judiciales hasta el 10 de mayo de 2020.
Excepciones de la medida:
- Acciones de tutela y habeas corpus.
- Actuaciones que adelante la Corte Constitucional con ocasión de la expedición de decretos por el Presidente de la República.
En materia laboral se exceptúan de la suspensión de términos prevista las siguientes actuaciones en primera y segunda instancia, las cuales se adelantarán de manera virtual, siempre que se encuentre en trámite y respecto de las cuales se haya adelantado la audiencia a la que se refiere el artículo 77 del Código Procesal del Trabajo:
- Pensión de sobrevivientes cuando haya interés de adultos mayores y/o de menores de edad.
- Incrementos, reajustes y retroactivos pensionales y auxilios funerarios, ante jueces de pequeñas causas laborales.
- Todos los procesos que tengan solicitud de persona en condición de discapacidad.
- Los procesos escriturales de fuero sindical pendientes de resolver la segunda instancia.
Por lo anterior, en el lapso mencionado solo se dará trámite a los asuntos enlistados según las salvedades indicadas. Respecto a los demás asuntos no se realizarán audiencias ni correrán términos de traslado dentro de los procesos judiciales.
Con base en los asuntos exceptuados es necesario que estén atentos a las notificaciones, para dar respuesta inmediata al trámite correspondiente.
En caso de cualquier inquietud, pueden contactarse con su abogado fidelizador.