Litigar y no morir en el intento

Por Jennifer Molina, asociada, y Carolina Soler, gerente de Talento y Cultura de Godoy Córdoba

Son las 4:00 a. m., despiertas con algo de desasosiego, hoy tienes una audiencia muy importante y en razón a ésta no logras conciliar más el sueño; algo similar le sucede a tu compañero de trabajo quien se despertó en la madrugada porque recordó el recurso que no ha sido resuelto en un proceso muy importante para la compañía, a esa hora, consulta el proceso en la rama judicial para asegurarse que todo esté en orden; llegas a la oficina y mientras compartes esta anécdota, alguien de tu equipo comenta que le pasa muy seguido y que incluso duerme con una libreta en su mesa de noche para anotar esos recuerdos espontáneos, que en la jerga del litigio le llamamos, sexto sentido del litigante.

La anterior descripción es solo un ejemplo de las múltiples situaciones que puede experimentar un abogado litigante o incluso la persona encargada de los litigios en cualquier empresa, sentimientos continuos de alerta, estrés generalizado por tener a cargo un proceso muy importante, la ansiedad de no saber cómo va a resultar un fallo o incluso, el estrés específico de procurar que todos los procesos estén bajo control.

Litigar, constituye una de las formas de ejercer el derecho más retadoras, máxime cuando implica tener que sortear una serie de factores externos que pueden hacer más difícil el ejercicio o que conlleva vencer los miedos propios de cada ser humano. Tener la capacidad de defender una postura frente a una autoridad judicial y en conjunto hacer frente a los argumentos de la contraparte. Dar un correcto manejo a los términos judiciales, procurando que todo sea atendido dentro de estos, pues de no hacerlo, las consecuencias pueden ser muy gravosas. Los altos niveles de estrés que se experimentan han llevado a que la literatura estudie en forma detallada el estrés que se genera en los apoderados judiciales sólo por el hecho de participar en un proceso judicial. A este tipo de estrés se le conoce como daño critogénico.

El daño critogénico se refiere al agravio intrínseco e inevitable generado como consecuencia del proceso, incluso cuando este está yendo tal y como debe. De esta manera, quienes se enfrentan a un litigio tienen una alta probabilidad de experimentar síntomas como ansiedad, estrés, depresión, irritabilidad, aislamiento, baja autoestima, pérdida de motivación, entre otros.

En muchas ocasiones se ha estimado que la experiencia en el manejo de los procesos judiciales puede ser un factor atenuante de este tipo de estrés, sin embargo, de las investigaciones adelantadas acerca del tema se ha concluido que tener una amplia experiencia litigando no hace que el daño critogénico desaparezca. Sin embargo, sí podría generar que se desarrollen mecanismos que permitan lidiar con el mismo. Es por esto por lo que consideramos necesario dar visibilidad a este ejercicio específico de la profesión, casi como un hacer saber, que es un sentimiento generalizado pero que normalizarlo puede ser perjudicial y que tomar acciones para su manejo es un tema de suma importancia.

En consecuencia, queremos acercar algunas recomendaciones que podrían mitigar los efectos del daño. En primera medida, es importante aceptar la presencia de dichos efectos y evitar normalizarlos, es decir, darles cabida en la cotidianidad ya que podemos atribuir sus causas a otros aspectos o situaciones de la vida, lo cual puede interferir en la forma en como afrontamos los retos y dificultades, así como, en las relaciones interpersonales.

En segundo lugar, la invitación es a trabajar en identificar cómo el ejercicio del litigio genera alteraciones o cambios en nuestro pensamiento y comportamiento. Un vehículo que nos permite darnos cuenta de cómo nos estamos sintiendo, qué lo produce y sus consecuencias, de ahí la importancia de realizar un auto reporte. Esto implica mapear nuestros estados de ánimo, sensaciones, emociones, en general qué sucede en y con nosotros: qué suscita perturbación, cómo atendemos nuestro malestar y las demandas del entorno. Identificar, por ejemplo, que es aquello que nos genera ansiedad, cómo se siente nuestro cuerpo, qué pensamientos llegan y que tipo de comportamientos evidenciamos en su intensidad y frecuencia, será fundamental para generar mecanismos de asimilación y contención distintos, que cuiden de nuestra salud física y mental.

Por último, luego de haber realizado ese poderoso ejercicio de autoconocimiento, será relevante comprender cuáles son las áreas de reparación que podrían atender en correspondencia a las principales dificultades y dolencias que quieren y necesitan ser trabajadas. Lo anterior, tiene que ver con abrir espacios que permitan canalizar los efectos del daño. Las llamadas áreas de reparación pueden involucrar a otros, tales como: familiares, pareja, terapeutas, coach, no obstante, quien debe movilizar acciones y generar hábitos de autocuidado será la persona que experimenta de forma directa el daño critogénico, el apoderado judicial.

En conclusión, las consecuencias del daño generadas en cada persona deben ser analizadas y atendidas bajo los mecanismos que mejor le funcione a cada una. Realizando este ejercicio a tiempo, es posible mitigar y contrarrestar los efectos y favorecer una mejor calidad de vida.


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