Debida diligencia en la cadena de suministro: Foco de la OIT
Por Santiago Martínez, socio de Godoy Córdoba, para Asuntos Legales del Diario La República.
A finales de mayo e inicios de junio de este año se llevó a cabo la 110 Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT, evento de suma importancia para el sector laboral pues es el epicentro mundial en el que se adoptan las principales decisiones entre gobiernos, empleadores y trabajadores.
Quien desee visualizar hacia donde irá el mundo laboral en los próximos años, necesariamente debe prestar atención a este escenario: las temáticas que se tratan, los casos que se discuten y las decisiones que se adoptan, son guía de las tendencias mundiales.
Lo más relevante que se decidió en estas sesiones fue la incorporación de los Convenios 155 y 187 como parte de los derechos fundamentales, los cuales tratan sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. No creo que sea una sorpresa, pues si nos remontamos a los principios del Pacto Global de Naciones Unidas, el cuidado de la salud de los trabajadores es uno de sus ejes esenciales.
Sin embargo, más allá de analizar el impacto de esa decisión en nuestro país (ya contamos con una legislación robusta en la materia), quisiera destacar el foco que se puso en la comisión de discusión recurrente de empleo sobre la formalidad y trabajo decente en la cadena de suministro. ¿Por qué? Porque los gobiernos de nuestros principales socios económicos se mostraron especialmente interesados en esa materia.
De hecho, este no es solo un asunto de la OIT, recordemos que la Ocde tiene un instrumento denominado ‘El comercio, el empleo y los estándares laborales: un estudio sobre los derechos básicos de los trabajadores y el comercio internacional’ de 1996, en el cual hace un llamado a que las empresas transnacionales realicen debida diligencia en materia laboral y DD.HH. a su cadena de valor, así como el llamado de Naciones Unidas sobre la materia.
Nuestro país no puede ser ajeno a ello, un porcentaje importante de nuestra fuerza laboral productiva vive de la fabricación y manufactura de bienes y prestación de servicios en la cadena de producción nacional e internacional.
¿Qué hacer? En línea con la Guía de la Ocde de debida diligencia para una conducta empresarial responsable y la Declaración sobre las empresas multinacionales (Instrumento de la OIT aprobado por el Consejo de Administración en 1977), sugerimos:
– Identificar los potenciales riesgos que la actividad económica pueda generar en los grupos de interés, con especial foco en materia laboral, DD.HH. y medio ambiente.
– Generar políticas internas encaminadas reducir la probabilidad de ocurrencia de esos posibles impactos negativos y creación de mecanismos de reparación en caso de que sucedan.
– Adecuado manejo y enfoque en: respeto por la libertad de asociación y negociación colectiva; eliminación del trabajo forzoso; abolición del trabajo infantil; abolición de prácticas antidiscriminación; seguridad y salud en el trabajo; respeto por los DD.HH., especialmente lo consagrado en la Carta Internacional.
– Comunicación interna con todos los directamente involucrados para que comprendan su importancia.
– A partir de un esquema de gravedad y probabilidad de ocurrencia, generar acciones de seguimiento del cumplimiento de la política.
– Hacer seguimiento al cierre de las desviaciones que se encuentren para garantizar una corrección oportuna y definitiva de las mismas.
Tener empresas exitosas en un mundo cambiante conlleva a que sus líderes logren interpretar adecuada y oportunamente los mensajes. La sostenibilidad, más que un departamento o imagen que se desea proyectar hacia afuera, requiere de interiorización profunda en los modelos productivos.
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