Cambios a la regulación sobre licencia por paternidad y protección de los padres recientes
La Ley Número 20.364 modifica el artículo 8º bis de la Ley Número 19.161 en la redacción dada por el artículo 4º de la Ley Número 20.312.
En ese sentido, la ley incluye en la protección legal contra el despido dentro de los 30 días del reintegro de la licencia por paternidad a quienes hayan usufructuado de la licencia por adopción y legitimación adoptiva, así como a los funcionarios de la administración que hayan gozado de la licencia por paternidad. Adicionalmente, agrega que ello aplicará también a toda ausencia por paternidad, adopción y legitimación adoptiva, de fuente legal, reglamentaria o convencional.
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*Esta información fue proporcionada por Ferrere abogados.