Creación de Zonas Económicas Especiales (ZEE) en Venezuela: Nuevo modelo económico

Por Emma Fernández, asociada de Godoy Córdoba.

El Gobierno de Venezuela recientemente promulgó en gaceta nacional La Ley Orgánica de las Zonas Económicas Especiales, la cual tiene el objeto de regular el funcionamiento, administración y desarrollo de Zonas Económicas Especiales, así como los incentivos económicos, fiscales y de otra índole que resulten aplicables, como un modelo económico cuyo fin es garantizar el encadenamiento productivo, la seguridad jurídica y los medios ambientalmente sustentables.

A continuación, exponemos los puntos más relevantes del nuevo modelo económico:

¿A quién aplica?

Esta ley es aplicable para personas jurídicas, públicas, privadas, mixtas y comunales, nacionales o extranjeras que participen en las Zonas Económicas Especiales.

¿Cuál es el propósito de las Zonas Económicas Especiales?

El propósito es desarrollar un nuevo modelo productivo nacional en el que se pueda promover la actividad económica productiva nacional y extranjera en el territorio nacional.

¿Cómo se declara una ZEE?

Mediante decreto remitido por el Presidente de la República a la Asamblea Nacional, deberá incluir: El nombre de la ZEEM; las actividades económicas de interés nacional que justifican su creación y el desarrollo socio productivo; las coordenadas; los polos de desarrollo, áreas de desarrollo y distritos de motores que resulten aplicable; los incentivos económicos, fiscales y de otra índole y; la autoridad única encargada de ejecutar las políticas, planes y proyectos del área económica.

¿Qué organismo controlará la administración de las Zonas EEE?

  • La Superintendencia Nacional de Zonas Económicas Especiales (SUNAZEE).
  • La Autoridad Única en las Zonas Económicas Especiales.
  • El Centro Internacional de Inversión Productiva.

¿Cuáles son los beneficios o incentivos fiscales?

Las ZEE contarán con beneficios o incentivos fiscales, aduaneros, cambiarios, financieros y administrativos como los descritos a continuación:

  • El Reintegro Tributario de Importación (“Draw Back”).
  • El Reintegro Tributario en materia de otros impuestos nacionales.
  • Privilegios y beneficios del régimen suspensivo de la ATPA para desarrolladores u operadores de la ZEE, específicamente los beneficios que brinda la legislación en materia de aduanas y su reglamento referido a la ATPA.
  • Régimen fiscal, excepcional y preferente para las entidades bancarias financiadas que operen dentro de la ZEE.
  • Régimen de libre convertibilidad para toda actividad económica realizada dentro de las ZEEE.

¿Existen actualmente incentivos laborales anunciados?

Dentro del marco del Decreto no se desarrollan incentivos o beneficios laborales. Sin embargo, es una posibilidad que se encuentra abierta teniendo en cuenta que el Decreto de las ZEE debe establecer: “Los incentivos económicos, fiscales y de otra índole”.

¿Actualmente existen ZEE ya anunciadas?

Si, existen ZEE que han sido anunciadas. Se encuentran a la espera del decreto presidencial de su creación, estas son: Paraguaná, Puerto Cabello, La Guaira, Margarita e Isla La Tortuga.

¿Son iguales las ZEE a otros regímenes o zonas especiales territoriales?

Las figuras como el puerto libre, la zona franca o la zona libre que son actualmente implementadas y reconocidas en Venezuela tienen una diferencia fundamental con la ZEE y es la no causación de impuestos. Mientras que en la ZEE no se establece una exoneración de impuestos como tal sino un sistema de reintegro y devoluciones.


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