¿Y los aportes y pensiones de alto riesgo a partir del 1 de enero de 2025? El Ministerio del Trabajo sentó su postura

Por Sergio Campos, asociado de Godoy Córdoba.

El pasado 26 de diciembre de 2024, el Ministerio del Trabajo emitió la Resolución 6072,  aclarando la situación de las pensiones de alto riesgo 2025. “Por medio de la cual se establece la aplicación de los criterios de la Corte Constitucional en cuanto a la continuidad de los derechos y garantías de los trabajadores que desarrollan actividades de alto riesgo contemplados en el Decreto 2090 de 2003, para la pensión especial de vejez”.

La pensión especial de vejez es una prestación económica a favor de los trabajadores que realizan, de forma permanente, actividades catalogadas como de alto riesgo en el Decreto 2090 de 2003, que implican una disminución de la expectativa de vida saludable. Esta norma establece, a cargo del empleador, un aporte especial de 10 puntos en favor de los trabajadores que cumplen con las condiciones allí establecidas.

El Decreto 2090 de 2003 inició su vigencia el 26 de julio de 2003, pero estableció que el régimen de pensión especial por actividades de alto riesgo solo cobijaría a trabajadores vinculados hasta el 31 de diciembre de 2014, con posibilidad de ampliar este plazo por 10 años más, previo concepto del Concejo Nacional de Riesgos Profesionales.

A través del Decreto 2655 del 17 de diciembre de 2014, el Gobierno Nacional amplió la vigencia del régimen de pensiones especiales de alto riesgo del Decreto 2090, hasta el 31 de diciembre de 2024. Esto significa que solo los trabajadores vinculados a las actividades de alto riesgo hasta esa fecha podían beneficiarse de las reglas previstas en el Decreto 2090 de 2003.

Con todo lo anterior, el Decreto 2090 de 2003 perdió su vigencia a partir del 1 de enero de 2024, generando incertidumbre sobre la aplicación de las reglas de pensiones especiales de vejez de alto riesgo a los trabajadores que venían realizando estas actividades durante la vigencia de esta norma, y sobre aquellos que se vinculen con posterioridad a su vigencia.


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La Resolución 6072 de 2024 establece, a partir de los criterios jurisprudenciales de la Corte Constitucional, ciertas reglas para la continuidad de los derechos y garantías de los trabajadores que desarrollan actividades de alto riesgo para la pensión especial de vejez.

Tomando como sustento lo establecido por la Corte Constitucional, principalmente en la sentencia C-651 de 2015, en la cual resolvió una demanda de constitucionalidad interpuesta en contra del artículo 8 del Decreto 2090 de 2003, la resolución precisó que el límite temporal del Decreto 2090 de 2003 no implica que los trabajadores que se hayan vinculado a las actividades de alto riesgo antes de su vencimiento pierdan los derechos y garantías en materia de alto riesgo que han venido sido reconocidas.  Por el contrario, la resolución, apoyada en la tesis de la Corte, ha señalado que se debe aplicar el principio de ultraactividad de la ley, que consiste en que una norma puede seguir aplicándose a las situaciones consolidadas o nacidas bajo su vigor, aunque haya perdido su vigencia.

En este sentido, la Resolución 6072 de 2024 adopta los lineamientos de la Corte Constitucional y establece que los trabajadores vinculados y afiliados a actividades de alto riesgo hasta el 31 de diciembre de 2024, continuarán cobijados por el régimen del Decreto 2090 de 2003, con todos los derechos y garantías establecidos en esta norma, incluso más allá del 31 de diciembre de 2024.

Asimismo, esta resolución señala que los trabajadores que se vinculen a partir del 1 de enero de 2025 se afiliarán al Sistema General de Pensiones en los términos de la Ley 100 de 1993. En otras palabras, no contarán con los derechos y garantías contenidas en el Decreto 2090 de 2003, por lo que el empleador no tendrá el deber de cumplir con las obligaciones allí previstas, ni siquiera con el aporte especial de 10 puntos exigido en dicha norma.

Finalmente, la resolución también dispone que los empleadores podrán mantener las cotizaciones pensionales actuales de los trabajadores vinculados a partir del 1 de enero de 2025, hasta que se promulgue una nueva ley que regule las pensiones para estas actividades, si es que esto sucede.

Es muy importante tener en cuenta que, la resolución deja entrever la posibilidad de que el Gobierno Nacional tome decisiones sobre el futuro de las pensiones de alto riesgo 2025, ya sea permitiendo su desaparición o tramitando una ley en el Congreso de la República en la cual se mantengan y/o modifiquen las reglas, o permitiendo que, con el tiempo desaparezcan estas pensiones especiales.

Si bien habrá que esperar el desarrollo normativo y jurisprudencial sobre esta materia, la resolución es muy precisa en indicar la forma de aplicación del Decreto 2090 de 2003 para trabajadores vinculados antes del 1 de enero de 2025 y con posterioridad a esa fecha, así como la facultad del empleador de mantener estos aportes, pero sin que sea una obligación legal como lo era antes.

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