Novedades Laborales COVID-19 – Se amplía la suspensión de términos

El Consejo Superior de la Judicatura, mediante Acuerdo PCSJA20-11532 del 11 de abril de 2020, prorroga la suspensión de términos judiciales hasta el 26 de abril de 2020.

Excepciones de la medida:

  1. Acciones de tutela y habeas corpus.
  2. Actuaciones que adelante la Corte Constitucional con ocasión de la expedición de decretos por el Presidente de la República.
  3. Actuaciones que adelante el Consejo de Estado y los tribunales administrativos con ocasión del control inmediato de legalidad.
  4. Despachos judiciales con función de control de garantías.
  5. Despachos penales de conocimiento con programación de audiencias con personas privadas de la libertad.
  6. Jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad.
  7. Procesos de adopción en aquellos casos en los que se haya admitido la demanda.
  8. Medidas de protección en los casos de violencia intrafamiliar.

Por lo anterior, en el lapso mencionado, no se realizarán audiencias ni correrán términos de traslado dentro de los procesos judiciales.

Sin embargo, en la medida en que pueden tramitarse acciones de tutela, es necesario que estén atentos a las notificaciones, para dar respuesta inmediata al trámite correspondiente.